«Este tipo de actitudes no pueden ser toleradas en el servicio público, las mujeres merecen todo el respaldo de la autoridad impartidora de justicia”
CIUDAD DE MÉXICO, 06 de Septiembre, (CDMX MAGACÍN).–El diputado del PAN Luis Chávez, exigió a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, separar del cargo al director de Regularización Territorial, Renato Josafat Molina, para que se investigue una presunta de agresión sexual en contra de una asesora jurídica de dicha dependencia.
Asimismo, solicito a la Contraloría intervenir y sancionar al funcionario. “Este tipo de actitudes no pueden ser toleradas en el servicio público, las mujeres merecen todo el respaldo de la autoridad impartidora de justicia”.
Y es que, según lo dicho por la denunciante, “desde que llegó a trabajar ahí, Josafat Molina la hostigaba con insinuaciones intimas en el sentido de la vestimenta y de su cuerpo”.
Lo anterior, dijo Chávez García, es una incongruencia que el denunciado haya sido también titular de la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia Familiar en la Alcaldía Iztapalapa.
“No podemos permitir estas infames conductas, ya que, en el Código Penal DF, se señalan que están debidamente sancionadas en el artículo 176. “Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo, se le impondrá de uno a seis años de prisión”, dijo el legislador.
También, en el artículo 179 establece que: “A quien solicite favores, realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión”.
Continua: “Cuando además exista relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier clase que implique subordinación entre la persona agresora y la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada en el párrafo anterior”.
“Si la persona agresora fuese servidor público y utilizará los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta”, expone.